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Permiso por nacimiento: semanas obligatorias y voluntarias, reparto y cómo se disfruta

En los partos desde la última reforma, cada progenitor tiene 19 semanas de suspensión del contrato, 32 semanas con una única persona progenitora: 6 semanas obligatorias tras el parto, 11 semanas voluntarias hasta que el menor cumple 12 meses y 2 semanas de cuidado hasta los 8 años.

Comprobado contra el BOE el . Cómo lo hacemos. Lo que cobras durante el permiso está en la prestación por nacimiento.

Semanas por supuesto y fecha del parto

Por cada persona progenitora. Salen del mismo código que la calculadora de la prestación. Los partos anteriores al 2 de agosto de 2024 quedan fuera.

Semanas de permiso por supuesto y fecha del parto
SupuestoDesde el 31 de julio de 2025Del 2 de agosto de 2024 al 30 de julio de 2025
Parto simple1918
Gemelos2019
Menor con discapacidad2019
Familia monoparental3230
Monoparental con gemelos3432

En la segunda columna, las semanas de la persona con una única persona progenitora son una lectura del fallo del Tribunal Constitucional sobre las familias monoparentales, no una cifra que la ley escriba. Las ampliaciones por discapacidad y parto múltiple se calculan con la regla vigente.

Cuántas semanas te corresponden

El nacimiento, que comprende el parto y el cuidado de menor, suspende el contrato de la madre biológica y el del progenitor distinto de la madre biológica durante 19 semanas cada uno (art. 48.4), en los partos desde la entrada en vigor del Real decreto-ley que amplió el permiso. Es un derecho individual de cada progenitor: ninguna de las semanas se transfiere al otro ni se resta de las suyas.

Si hay una única persona progenitora, el periodo de suspensión es de 32 semanas. La ley lo liga a que exista una única persona progenitora, no a un estado civil como el de madre soltera.

Para los partos anteriores a esa entrada en vigor la duración es otra: la regla siguiente y la tabla por fecha las separan.

Lo que dice la norma
  • «…suspenderá el contrato de trabajo de la madre biológica y el del progenitor distinto de la madre biológica durante diecinueve semanas…»
  • «…el periodo de suspensión será de treinta y dos semanas…»
  • «…Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.…»

Estatuto de los Trabajadores, art. 48. Texto consolidado en boe.es

Qué semanas corresponden según la fecha del parto

Desde la entrada en vigor del Real decreto-ley que amplió el permiso: 19 semanas por progenitor y 32 semanas con una única persona progenitora, con 11 semanas voluntarias y 2 semanas de cuidado (4 semanas en monoparentalidad).

Entre los hechos causantes desde el 2 de agosto de 2024 y esa entrada en vigor, el permiso base era de 16 semanas por progenitor y la disposición transitoria única aplicó las semanas de cuidado. La semana voluntaria añadida y las de la monoparentalidad no rigen para esos partos.

En esa misma franja, para la persona con una única persona progenitora, el Tribunal Constitucional (sentencia sobre familias monoparentales) declaró inconstitucionales, sin nulidad, el art. 48.4 del Estatuto y el art. 177 de la Ley General de la Seguridad Social, y dijo que, mientras el legislador no actúe, a las 16 semanas se suman las 10 semanas del otro progenitor, sin las obligatorias (fundamento jurídico séptimo). La calculadora suma además las de cuidado: es nuestra lectura del fallo, no una cifra que la ley escriba, y no la damos por firme.

Los partos anteriores al 2 de agosto de 2024 tuvieron otra duración y quedan fuera de esta guía.

Lo que dice la norma
  • «…al permiso del primer párrafo para la madre biológica (dieciséis semanas)…»
  • «…para progenitor distinto (diez semanas, al excluirse las seis primeras)…»
  • «…declarar inconstitucionales los arts. 48.4 LET y 177 LGSS, con el alcance señalado en el fundamento jurídico séptimo…»

Sentencia del Tribunal Constitucional 140/2024, de 6 de noviembre (fallo), fallo. Texto consolidado en boe.es

  • «…será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024…»

Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que amplía el permiso de nacimiento y cuidado, disposición transitoria unica. Texto consolidado en boe.es

Obligatorias, voluntarias y de cuidado

Las 6 semanas obligatorias son ininterrumpidas, inmediatamente posteriores al parto y a jornada completa.

Las voluntarias son 11 semanas, 22 semanas en monoparentalidad. Se distribuyen a voluntad de la persona trabajadora, en periodos semanales seguidos o por separado, desde que acaba la suspensión obligatoria hasta que el menor cumple 12 meses. La madre biológica puede adelantarlas hasta 4 semanas antes de la fecha prevista del parto.

Las de cuidado son 2 semanas, 4 semanas en monoparentalidad, para usar hasta que el menor cumple 8 años. Son individuales: no se pueden transferir al otro progenitor.

Lo que dice la norma
  • «…Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto serán obligatorias…»
  • «…Once semanas, veintidós en el caso de monoparentalidad…»
  • «…hasta que el hijo o la hija cumpla doce meses…»
  • «…podrá anticipar su ejercicio hasta cuatro semanas antes de la fecha previsible del parto…»
  • «…Dos semanas, cuatro en el caso de monoparentalidad, para el cuidado del menor…»
  • «…hasta que el hijo o la hija cumpla los ocho años…»
  • «…Este derecho es individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor.…»

Estatuto de los Trabajadores, art. 48. Texto consolidado en boe.es

Cómo se disfruta

Las semanas voluntarias y las de cuidado pueden usarse a jornada completa o a jornada parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora. Hay que avisar a la empresa con un mínimo de 15 días de antelación, en los términos que fijen los convenios colectivos. A jornada parcial, la prestación se reduce en proporción inversa a la reducción de jornada (art. 7.1 del reglamento de desarrollo).

Si los progenitores trabajan en la misma empresa, esta puede limitar que las disfruten a la vez, solo por razones fundadas y objetivas y motivadas por escrito.

Si el recién nacido sigue hospitalizado tras un parto prematuro o por otra causa, el periodo de suspensión puede computarse desde el alta, sin contar las 6 semanas posteriores al parto. Y en el parto prematuro con falta de peso, o si el neonato necesita hospitalización por una condición clínica durante más de 7 días, la suspensión se amplía tantos días como esté hospitalizado, con un máximo de 13 semanas adicionales. Si el menor fallece, el permiso no se reduce, salvo que, pasadas las semanas obligatorias, pidas reincorporarte.

Lo que dice la norma
  • «…con una antelación mínima de quince días…»
  • «…por un periodo superior a siete días…»
  • «…con un máximo de trece semanas adicionales…»
  • «…Seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto serán obligatorias…»

Estatuto de los Trabajadores, art. 48. Texto consolidado en boe.es

  • «…durante el disfrute de los periodos de descanso en régimen de jornada a tiempo parcial, la base reguladora del subsidio se reducirá en proporción inversa a la reducción que haya experimentado la jornada laboral…»

Real Decreto 295/2009, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural, art. 7. Texto consolidado en boe.es

Discapacidad y partos múltiples

Si el menor tiene discapacidad, la suspensión se amplía en 2 semanas en total, una para cada progenitor (art. 48.6). La misma ampliación procede por cada menor distinto del primero en un nacimiento múltiple. El dinero del parto múltiple tiene además un subsidio especial, explicado en la página de la prestación.

Si hay una única persona progenitora, puede disfrutar de las ampliaciones completas, es decir, de las que se reparten entre la pareja.

Lo que dice la norma
  • «…tendrá una duración adicional de dos semanas, una para cada una de las personas progenitoras…»
  • «…En caso de haber una única persona progenitora, esta podrá disfrutar de las ampliaciones completas previstas en este apartado para el caso de familias con dos personas progenitoras.…»

Estatuto de los Trabajadores, art. 48. Texto consolidado en boe.es

Qué nacimientos entran en las semanas de cuidado

Las semanas de cuidado hasta los 8 años se aplican a los hechos causantes desde el 2 de agosto de 2024. Su disfrute y la prestación correspondiente se podían solicitar desde el 1 de enero de 2026, sin nuevo reconocimiento del derecho.

Lo que dice la norma
  • «…será de aplicación a los hechos causantes producidos a partir del 2 de agosto de 2024…»
  • «…podrá solicitarse a partir del 1 de enero de 2026…»

Real Decreto-ley 9/2025, de 29 de julio, que amplía el permiso de nacimiento y cuidado, disposición transitoria unica. Texto consolidado en boe.es

  • «…Se declara la inconstitucionalidad del apartado 4, que no lleva aparejada la nulidad, con el alcance señalado en el fundamento jurídico 7, por Sentencia del TC 140/2024, de 6 de noviembre.…»

Estatuto de los Trabajadores, art. 48. Texto consolidado en boe.es

Despido durante el permiso

Es nulo el despido de las personas trabajadoras durante los periodos de suspensión del contrato por nacimiento, o el notificado en una fecha tal que el preaviso termine dentro de ellos (art. 55.5.a del Estatuto). También lo es el de quien vuelve al trabajo al acabar la suspensión, siempre que no hayan pasado más de 12 meses desde el nacimiento (art. 55.5.c).

La nulidad no se aplica si se declara la procedencia del despido por motivos no relacionados con el permiso.

Lo que dice la norma
  • «…siempre que no hubieran transcurrido más de doce meses desde la fecha del nacimiento, la adopción, la guarda con fines de adopción o el acogimiento…»
  • «…durante los periodos de suspensión del contrato de trabajo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento…»

Estatuto de los Trabajadores, art. 55. Texto consolidado en boe.es

Preguntas frecuentes

¿Por qué veo cifras de semanas distintas según la fuente?

Porque la duración depende de la fecha del parto. Desde la entrada en vigor del Real decreto-ley que amplió el permiso son 19 semanas por progenitor; antes, el permiso base era de 16 semanas. La tabla de esta página las separa por fecha.

¿Puedo coger las semanas voluntarias a media jornada?

Sí, con acuerdo entre la empresa y tú. Las obligatorias, no: son a jornada completa y seguidas. El aviso mínimo a la empresa es de 15 días.

¿Puede mi pareja pasarme sus semanas?

No. Ninguna semana es transferible: el derecho es individual de cada persona trabajadora (art. 48.4). Cada progenitor tiene las suyas, sin descontarlas del otro.

¿Y lo que cobro durante el permiso?

Lo paga el INSS como prestación y está exenta de IRPF. Cuánto y durante cuántos días, en la página de la prestación.